Transferencia de vehículo 2026: cambio de titularidad

Al comprar o vender un coche de segunda mano necesitas hacer el cambio de titularidad en la DGT. Dentro de los trámites de vehículos (o tramites vehiculos, como también se busca sin tilde), la transferencia es el más habitual y el que genera más dudas. Te explicamos los documentos necesarios, las tasas, cómo hacerlo online, los plazos que debes cumplir y la notificación de venta que protege al vendedor.

Para transferir un vehículo necesitas: contrato de compraventa, ITV en vigor, pagar el ITP en tu comunidad autónoma y la tasa DGT (~55€). Puedes hacerlo online en la Sede Electrónica de la DGT o presencialmente en Jefatura de Tráfico con cita previa. El comprador tiene 30 días para tramitarlo. El vendedor debería presentar además una notificación de venta para no seguir siendo responsable ante multas.

En resumen

  • Plazo legal: el comprador tiene 30 días desde la compraventa para registrar el cambio de titularidad.
  • Tasa DGT 1.1: ~55€ para turismos y motos > 50cc; ~27,50€ para ciclomotores y remolques ligeros.
  • ITP autonómico: 4-8% del valor fiscal oficial del vehículo, según comunidad autónoma.
  • ITV en vigor obligatoria, salvo vehículos históricos o transferidos para desguace.
  • Notificación de venta del vendedor (~8,67€) para desvincularse de multas y responsabilidades posteriores.

Cuándo necesitas hacer la transferencia

El cambio de titularidad es obligatorio siempre que un vehículo cambie de propietario, independientemente de si la operación es una venta, una donación o una herencia. Es uno de los trámites de vehículos más relevantes porque sin él, a efectos legales, el vehículo sigue figurando a nombre del antiguo titular en el Registro de Vehículos de la DGT.

Situaciones que requieren cambio de titularidad

  • Compraventa de vehículo de segunda mano entre particulares
  • Compra de vehículo de ocasión en concesionario o compraventa
  • Donación de vehículo entre familiares
  • Herencia de un vehículo (el heredero debe cambiar la titularidad en un plazo máximo de 24 meses desde el fallecimiento)
  • Cambio de titularidad entre cónyuges (divorcio, separación, adjudicación judicial)
  • Aportación del vehículo a una sociedad o empresa

Consecuencias de no transferir: si el nuevo titular no formaliza el cambio en 30 días, el vehículo seguirá figurando a nombre del vendedor. Esto significa que las multas, el Impuesto de Circulación (IVTM) y cualquier responsabilidad administrativa seguirán llegando a su nombre. Para el vendedor, la solución es presentar la notificación de venta en la DGT.

Documentos y requisitos

Documentación necesaria

  • DNI del comprador y del vendedor (o NIE para extranjeros)
  • Permiso de circulación del vehículo
  • Ficha técnica del vehículo (tarjeta ITV)
  • Contrato de compraventa firmado por ambas partes (fecha, precio, datos del vehículo y de las partes)
  • Justificante del pago del ITP (Impuesto de Transmisiones)
  • ITV en vigor (no caducada)
  • Justificante del pago de la tasa DGT (tasa 1.1, ~55€)
  • Último recibo del Impuesto de Circulación (IVTM) pagado — muchos ayuntamientos lo exigen en la gestión del ITP

Consejo: Antes de comprar, solicita un informe de vehículo de la DGT para verificar que no tiene cargas, embargos, reservas de dominio ni problemas administrativos. El informe cuesta unos 8,70€ y se descarga en el momento.

Proceso paso a paso

  1. Firma el contrato de compraventa

    Ambas partes firman el contrato indicando datos completos del vehículo (marca, modelo, matrícula, bastidor, kilometraje), precio y fecha de la operación. Conserva dos copias originales, una para cada parte. Este documento es el que acredita la transmisión ante la DGT y Hacienda.

  2. Paga el ITP en tu comunidad autónoma

    El comprador presenta el modelo 620 (o 621 telemático) y paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en la oficina tributaria de su comunidad o por internet. El tipo oscila entre el 4% y el 8% según comunidad, aplicado sobre el valor fiscal del vehículo que publica Hacienda (tablas de valoración por marca, modelo y año). Plazo: 30 días hábiles desde la compraventa.

  3. Paga la tasa de la DGT

    La tasa 1.1 de cambio de titularidad (~55€, reducida a ~27,50€ para ciclomotores) se paga en sede.dgt.gob.es o en entidades bancarias colaboradoras mediante el modelo 791. Guarda el justificante.

  4. Tramita el cambio de titularidad

    Online en sede.dgt.gob.es con certificado digital o Cl@ve (ambas partes deben firmar electrónicamente), o presencialmente en Jefatura de Tráfico con cita previa. La DGT emite un permiso de circulación provisional inmediato y el definitivo llega por correo en 1-3 semanas.

  5. Actualiza tu seguro del coche

    Una vez hecho el cambio, comunica a tu aseguradora el nuevo titular o contrata un seguro nuevo a tu nombre. Circular sin seguro a nombre del actual titular es infracción muy grave (Art. 3 LRCSCVM).

Plazo: El comprador tiene 30 días desde la compraventa para completar la transferencia. No lo dejes pasar: circular con un vehículo que no está a tu nombre más de ese plazo es una infracción grave sancionable por la DGT.

Costes: tasas e impuestos

La transferencia tiene tres partidas económicas principales. Calcula el coste total antes de cerrar la compraventa para evitar sorpresas.

Desglose de costes

  • Tasa DGT (tasa 1.1): ~55€ para turismos y motos de más de 50cc; ~27,50€ para ciclomotores y remolques ligeros
  • ITP: 4-8% del valor fiscal del vehículo según la comunidad autónoma. Consulta la tabla oficial de valores publicada anualmente por Hacienda
  • Gestoría (opcional): 40-80€ si prefieres que lo tramiten por ti. Recomendable si el vehículo tiene particularidades (herencia, cargas levantadas, antigüedad)
  • Notificación de venta del vendedor: ~8,67€ (tasa 4.4 DGT) — opcional pero muy recomendable

Valor declarado vs valor fiscal: aunque en el contrato se declare un precio muy bajo, Hacienda calcula el ITP sobre el valor fiscal oficial. Si declaras un precio inferior al valor fiscal, pagarás ITP sobre el valor fiscal, no sobre el declarado.

Notificación de venta: la protección del vendedor

La notificación de venta es un trámite independiente que puede y debería hacer el vendedor inmediatamente después de la compraventa. Consiste en comunicar a la DGT que el vehículo ha cambiado de manos, aportando el contrato y los datos del comprador.

¿Por qué es clave? Porque si el comprador no formaliza la transferencia en 30 días, a efectos del Registro de Vehículos el coche seguirá a nombre del vendedor, y por tanto las multas, el IVTM y cualquier responsabilidad administrativa o civil derivada del uso del vehículo seguirán llegando a su nombre. Con la notificación de venta presentada, el vendedor queda desvinculado desde la fecha acreditada en el contrato.

Cómo presentarla

  • Online: en sede.dgt.gob.es con certificado digital o Cl@ve, apartado "Notificación de transmisión"
  • Presencialmente: en Jefatura de Tráfico con cita previa
  • Tasa: tasa 4.4, aproximadamente 8,67€
  • Documentación: DNI del vendedor, contrato de compraventa firmado y datos identificativos del comprador

Marco normativo

La transferencia y el resto de trámites de vehículos en España se regulan principalmente por las siguientes normas:

Normativa aplicable

  • Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos (RGV). Regula en su Art. 32 y ss. la matriculación, transferencia, bajas y todos los cambios en el Registro de Vehículos.
  • Orden INT/2596/2005, de 28 de julio, sobre la regulación de determinados aspectos relativos a la transmisión, matriculación y baja de vehículos.
  • Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
  • Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP).

Las tasas de la DGT se revisan anualmente en los Presupuestos Generales del Estado. Consulta siempre el importe vigente en sede.dgt.gob.es antes de pagar.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta la transferencia de un vehículo?

La tasa de la DGT es de aproximadamente 55 euros. Además hay que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que varía por comunidad autónoma (suele ser el 4-8% del valor del vehículo según tablas de Hacienda). Si lo haces a través de gestoría, añade unos 40-80 euros de gestión.

¿Puedo hacer la transferencia online?

Sí, desde la Sede Electrónica de la DGT con certificado digital o Cl@ve. Ambas partes (comprador y vendedor) deben firmar digitalmente. También puedes hacerlo presencialmente en una Jefatura de Tráfico con cita previa.

¿Cuánto tiempo tengo para hacer la transferencia?

El comprador tiene 30 días desde la compraventa para tramitar el cambio de titularidad. Si se supera el plazo, puede haber sanciones y problemas si el vendedor recibe multas del nuevo propietario.

¿Necesito la ITV en vigor para transferir?

Sí, el vehículo debe tener la ITV en vigor en el momento de la transferencia. Si está caducada, primero hay que pasarla. Excepción: vehículos históricos o que se transfieren para desguace.

¿Quién paga la transferencia, el comprador o el vendedor?

Por costumbre, la tasa de la DGT y el ITP los paga el comprador. El vendedor es responsable de entregar la documentación del vehículo y firmar el contrato de compraventa. Pero es negociable entre las partes.

¿Se puede transferir un vehículo con cargas o embargos?

No, si el vehículo tiene cargas (embargos, reservas de dominio), la DGT no permite la transferencia hasta que se levanten. Antes de comprar un coche usado, es recomendable solicitar un informe de vehículo de la DGT para verificar que está libre de cargas.

¿Qué es la notificación de venta y por qué debo presentarla como vendedor?

La notificación de venta es un trámite que el vendedor puede presentar en la DGT para dejar constancia oficial de que ha transmitido el vehículo, incluso aunque el comprador aún no haya hecho el cambio de titularidad. Es muy recomendable: si el comprador no formaliza la transferencia, las multas y responsabilidades seguirán llegando a tu nombre. Se hace online en sede.dgt.gob.es o presencialmente en Jefatura de Tráfico. La tasa es de unos 8-9 euros.

¿Qué diferencia hay entre "trámites de vehículos" y "transferencia de vehículo"?

Los trámites de vehículos (o tramites vehiculos, sin tilde, como suele buscarse) agrupan todas las gestiones con la DGT: matriculación, cambio de titularidad (transferencia), baja temporal o definitiva, duplicado de permiso, cambio de domicilio, etc. La transferencia es uno de esos trámites, concretamente el cambio de titularidad tras una compraventa o traspaso. Todos se pueden iniciar en sede.dgt.gob.es.