Arraigo social y laboral en España 2026: guía completa

El arraigo es una de las vías más habituales para obtener la autorización de residencia en España estando en situación irregular. Te explicamos los tipos de arraigo, los requisitos y cómo solicitarlo.

El arraigo social requiere 3 años de residencia en España, un contrato de trabajo y un informe de integración social. El arraigo laboral requiere 2 años + 6 meses de trabajo demostrable. Se solicita en la oficina de extranjería con cita previa. Concede residencia y permiso de trabajo por 1 año.

Tipos de arraigo

Modalidades disponibles

  • Arraigo social: 3 años de residencia + contrato + informe de integración
  • Arraigo laboral: 2 años de residencia + 6 meses de trabajo demostrado
  • Arraigo familiar: Padre o madre de menor español, o hijo de español de origen
  • Arraigo para la formación: 2 años de residencia + compromiso de formación reglada

Arraigo social: requisitos

Condiciones necesarias

  • Acreditar 3 años de residencia continuada en España
  • Contar con un contrato de trabajo de al menos 1 año a jornada completa
  • Presentar un informe de integración social de tu ayuntamiento o CC.AA.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en tu país de origen
  • No tener prohibición de entrada en España

Si tienes vínculos familiares con españoles o residentes legales (cónyuge, hijos), el informe de integración no es necesario y los requisitos del contrato se flexibilizan.

Arraigo laboral: requisitos

Condiciones necesarias

  • Acreditar 2 años de residencia continuada en España
  • Demostrar haber trabajado al menos 6 meses en los últimos 2 años
  • La relación laboral se prueba mediante resolución judicial o acta de la Inspección de Trabajo
  • Carecer de antecedentes penales

Importante: No necesitas contrato futuro ni informe de integración. Pero sí necesitas prueba de que has trabajado — esto implica que la Inspección de Trabajo haya actuado o que tengas sentencia judicial reconociendo la relación laboral.

Cómo solicitarlo paso a paso

  1. Reúne la documentación

    Pasaporte, empadronamiento histórico (3 o 2 años), contrato de trabajo (arraigo social), antecedentes penales de tu país apostillados y traducidos, e informe de integración (arraigo social).

  2. Pide cita en la oficina de extranjería

    Solicita cita previa en la oficina de extranjería de tu provincia a través de sede.administracionespublicas.gob.es. Los plazos de cita varían mucho por provincia.

  3. Presenta la solicitud

    Acude con toda la documentación y el formulario EX-10 cumplimentado. Paga la tasa modelo 790 código 012 (~16€).

  4. Espera la resolución

    Plazo legal de 3 meses. Si se aprueba, tienes 1 mes para solicitar la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) con cita de huella en la comisaría.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo que llevar en España para pedir el arraigo social?

Para el arraigo social necesitas acreditar 3 años de residencia continuada en España. La permanencia se demuestra con el empadronamiento y cualquier otro documento que pruebe tu presencia (contratos, facturas, envíos de dinero, etc.). Puedes haber salido de España puntualmente sin que se interrumpa.

¿Qué es el informe de integración social?

Es un informe que emiten los servicios sociales de tu ayuntamiento o comunidad autónoma. Evalúa tu grado de integración en España: dominio del idioma, vínculos familiares, participación en programas de formación, etc. Es obligatorio para el arraigo social si no tienes vínculos familiares con españoles o residentes.

¿Necesito un contrato de trabajo para el arraigo social?

Sí, necesitas un precontrato o contrato de trabajo de al menos 1 año a jornada completa (o equivalente a tiempo parcial). Alternatamente, puedes demostrar medios económicos suficientes para mantenerte si eres emprendedor o tienes un proyecto de autoempleo viable.

¿Cuánto tarda la resolución del arraigo?

El plazo legal es de 3 meses. Si pasados 3 meses no tienes respuesta, se entiende desestimada por silencio administrativo negativo. En la práctica, en muchas provincias tardan entre 2 y 6 meses. Puedes consultar el estado del expediente online.

¿Qué diferencia hay entre arraigo social y laboral?

El arraigo social requiere 3 años de residencia + contrato de trabajo + informe de integración. El arraigo laboral requiere 2 años de residencia + demostrar que has trabajado al menos 6 meses (aunque fuera sin contrato, probado por Inspección de Trabajo). El laboral no necesita informe de integración ni contrato futuro.

¿El arraigo me permite trabajar?

Sí. La autorización de residencia por arraigo incluye permiso de trabajo. Se concede por 1 año y es renovable. Tras la primera renovación obtienes un permiso de 2 años, y después puedes solicitar la residencia de larga duración.