Subsidio por desempleo 2026: tipos, requisitos y solicitud

El subsidio por desempleo es una ayuda asistencial del SEPE para personas que no tienen derecho a la prestación contributiva (paro) o que ya la han agotado. Te explicamos los distintos tipos, quién puede acceder y cómo solicitarlo.

Desde el RDL 2/2024 el subsidio por desempleo se cobra por tramos del IPREM: 570 euros/mes los primeros 180 días (95%), 540 euros del día 181 al 360 (90%) y 480 euros a partir de entonces (80%), con el IPREM de 2026. Existen varios tipos: por agotamiento del paro, para mayores de 52 años, por cotización insuficiente y para emigrantes retornados. Se solicita en el SEPE o presencialmente con cita previa.

Tipos de subsidio por desempleo

Subsidio por agotamiento de la prestación

Para quienes han cobrado el paro y lo han agotado. Necesitas tener responsabilidades familiares o ser mayor de 45 años. Es el tipo más solicitado.

Subsidio para mayores de 52 años

Dirigido a desempleados mayores de 52 años que cumplen todos los requisitos para jubilarse excepto la edad. La gran ventaja es que el SEPE cotiza por ti a la Seguridad Social hasta que alcances la edad de jubilación.

Subsidio por cotización insuficiente

Para quienes han cotizado entre 3 y 12 meses (no llegan a los 360 días del paro). Si tienes cargas familiares, basta con 3 meses cotizados. Sin cargas, necesitas al menos 6.

Subsidio para emigrantes retornados

Para españoles que han trabajado en el extranjero y regresan a España sin derecho a prestación. Deben acreditar haber trabajado al menos 12 meses en los últimos 6 años en un país no perteneciente a la UE.

Requisitos generales

Condiciones comunes a todos los subsidios

  • Estar inscrito como demandante de empleo
  • No tener rentas propias superiores al 75% del SMI (aprox. 870 euros/mes en 2026)
  • Cumplir los requisitos específicos del tipo de subsidio que solicitas
  • No haber rechazado ofertas de empleo adecuadas ni cursos de formación

Límite de rentas: Se computan las rentas de toda la unidad familiar divididas entre el número de miembros. Si tu cónyuge o pareja trabaja, sus ingresos cuentan. El umbral se aplica a la renta per cápita familiar.

Cuánto se cobra y duración

Cuantía (escala del RDL 2/2024)

Desde el 1 de noviembre de 2024 la cuantía dejó de ser fija: se calcula por tramos como porcentaje del IPREM. Con el IPREM de 2026 (600 €/mes) resulta:

  • Días 1 a 180 (primeros 6 meses): 95% del IPREM = 570 €/mes
  • Días 181 a 360: 90% del IPREM = 540 €/mes
  • A partir del día 361: 80% del IPREM = 480 €/mes
  • Subsidio para mayores de 52 años: 80% del IPREM = 480 €/mes durante toda su duración
  • Se cobra en 12 pagas (no hay pagas extra)

Complemento de Apoyo al Empleo (CAE): la reforma del RDL 2/2024 permite compatibilizar durante un tiempo el subsidio con un trabajo por cuenta ajena mediante este complemento, para que aceptar un empleo no suponga perder de golpe toda la ayuda. Consulta las condiciones y cuantías actualizadas en la sede electrónica del SEPE.

Duración según tipo

  • Agotamiento (con cargas familiares): de 18 a 30 meses según edad
  • Agotamiento (sin cargas, mayor de 45): 6 meses
  • Mayores de 52: hasta la edad de jubilación
  • Cotización insuficiente: de 3 a 21 meses según días cotizados y cargas
  • Emigrante retornado: 18 meses

Cómo solicitarlo paso a paso

  1. Solicítalo dentro de plazo

    La reforma del RDL 2/2024 eliminó el mes de espera: si acabas de agotar el paro puedes solicitar el subsidio desde el día siguiente, sin tener que dejar pasar un mes. Presenta la solicitud dentro del plazo vigente que indica el SEPE y mantente inscrito como demandante de empleo.

  2. Reúne la documentación

    DNI, libro de familia (si alegas cargas familiares), declaración de rentas de la unidad familiar, y justificante de haber agotado la prestación anterior (si aplica).

  3. Presenta la solicitud

    Online desde sede.sepe.gob.es con certificado digital o Cl@ve, o presencialmente con cita previa (teléfono 919 26 79 70).

  4. Espera la resolución

    El SEPE resuelve en 15 días hábiles. Si se aprueba, el derecho nace desde el día siguiente al hecho causante (por ejemplo, agotar el paro), ya sin mes de espera. El primer pago puede tardar unos 20 días.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto se cobra de subsidio por desempleo en 2026?

Desde la reforma del RDL 2/2024 (en vigor desde el 1 de noviembre de 2024) la cuantía ya no es fija: se cobra por tramos como porcentaje del IPREM. Con el IPREM de 2026 (600 euros/mes) resulta: 95% los primeros 180 días (570 euros/mes), 90% del día 181 al 360 (540 euros/mes) y 80% a partir del día 361 (480 euros/mes). El subsidio para mayores de 52 años se mantiene en el 80% del IPREM (480 euros/mes) durante toda su duración.

¿Se puede cobrar el subsidio después de agotar el paro?

Sí, es uno de los supuestos más habituales. Cuando agotas la prestación contributiva (paro) y tienes responsabilidades familiares, o tienes más de 45 años, puedes solicitar el subsidio por agotamiento. Desde la reforma del RDL 2/2024 ya no existe el mes de espera: puedes solicitarlo desde el día siguiente al que agotas el paro, dentro del plazo de solicitud vigente que indica el SEPE.

¿Cuánto dura el subsidio por desempleo?

Depende del tipo de subsidio: el subsidio por agotamiento dura entre 6 y 30 meses según tu edad y responsabilidades familiares. El subsidio para mayores de 52 años dura hasta que alcances la edad de jubilación. El subsidio por cotización insuficiente dura entre 3 y 21 meses.

¿Puedo cobrar el subsidio si no he cobrado el paro antes?

Sí, existe un subsidio por cotización insuficiente para personas que han cotizado entre 3 y 12 meses (menos de los 360 días necesarios para el paro) y tienen responsabilidades familiares. Si has cotizado al menos 6 meses sin cargas familiares, también puedes acceder.

¿El subsidio para mayores de 52 años cotiza para la jubilación?

Sí. Es una de las ventajas más importantes de este subsidio: el SEPE cotiza por ti a la Seguridad Social durante todo el tiempo que lo cobres, lo que cuenta para tu futura pensión de jubilación. La base de cotización es el tope mínimo vigente.

¿Qué diferencia hay entre subsidio y prestación por desempleo?

La prestación (paro) es contributiva: se calcula según tu cotización y salario anterior, y dura según los días cotizados. El subsidio es asistencial: desde el RDL 2/2024 se cobra por tramos del IPREM (95%, 90% y 80% según los días transcurridos; entre 570 y 480 euros/mes con el IPREM de 2026), se accede cuando no tienes derecho al paro o lo has agotado, y tiene requisitos de renta.