Reagrupación familiar en España 2026: guía completa

La reagrupación familiar permite traer a tus familiares a España si eres residente legal. Te explicamos quién puede reagrupar, los requisitos de ingresos y vivienda, y el proceso completo.

Para reagrupar necesitas 1 año de residencia legal con permiso renovado, ingresos suficientes (150% IPREM + 50% por familiar) y vivienda adecuada. Se solicita en la oficina de extranjería. Tus familiares obtienen visado en el consulado español de su país.

A quién puedes reagrupar

Familiares reagrupables

  • Cónyuge o pareja de hecho registrada
  • Hijos menores de 18 años (propios o del cónyuge)
  • Hijos mayores con discapacidad que dependan económicamente
  • Padres mayores de 65 años (solo si tienes residencia de larga duración)

Requisitos del reagrupante

Condiciones necesarias

  • Al menos 1 año de residencia legal con permiso renovado
  • Ingresos suficientes: 150% IPREM + 50% por cada familiar adicional
  • Vivienda adecuada: Informe de vivienda del ayuntamiento
  • No tener antecedentes penales

Consejo: Solicita el informe de vivienda con antelación, ya que puede tardar varias semanas según el ayuntamiento.

Proceso paso a paso

  1. Solicita la reagrupación en extranjería

    Presenta el formulario EX-02 con toda la documentación en la oficina de extranjería de tu provincia con cita previa.

  2. Espera la resolución

    Plazo de 3 meses. Si se aprueba, recibes una resolución favorable que debes enviar a tus familiares.

  3. Tus familiares solicitan el visado

    Con la resolución favorable, tus familiares acuden al consulado español de su país para solicitar el visado de residencia por reagrupación.

  4. Llegada y TIE

    Una vez en España, tus familiares tienen 1 mes para solicitar la TIE con cita de huella en comisaría.

Guías relacionadas

Preguntas frecuentes

¿A quién puedo reagrupar en España?

Puedes reagrupar a tu cónyuge o pareja de hecho registrada, hijos menores de 18 años (o mayores con discapacidad), y a tus padres mayores de 65 años si tienes residencia de larga duración. En casos excepcionales, también otros familiares que dependan económicamente de ti.

¿Cuánto tiempo tengo que llevar como residente para reagrupar?

Necesitas al menos 1 año de residencia legal en España con permiso renovado o en proceso de renovación. No puedes reagrupar con tu primera autorización de residencia hasta que la renueves.

¿Qué ingresos necesito para la reagrupación?

Debes acreditar medios económicos suficientes para mantener a tu familia. El mínimo orientativo es el 150% del IPREM para reagrupar al primer familiar, más un 50% adicional por cada familiar extra. Esto equivale a unos 900€/mes para 1 familiar, unos 1.200€/mes para 2, etc.

¿Qué es el informe de vivienda?

Es un certificado que emite tu ayuntamiento acreditando que tu vivienda es adecuada para acoger a los familiares: superficie suficiente, condiciones de habitabilidad, etc. Lo solicitas en el ayuntamiento con el contrato de alquiler o escritura y el empadronamiento.

¿Cuánto tarda el proceso completo?

La resolución de la solicitud tarda unos 3 meses. Después, tus familiares deben solicitar el visado en el consulado español de su país (1-2 meses más). En total, el proceso completo puede durar entre 4 y 8 meses.

¿Mis familiares reagrupados pueden trabajar?

El cónyuge y los hijos mayores de 16 años obtienen autorización de trabajo junto con la residencia por reagrupación. Pueden trabajar por cuenta ajena o propia desde el momento en que reciben su TIE.