Cómo cambiar tu cuota de autónomo en 2026: base de cotización e ingresos reales
Desde la entrada en vigor del RDL 13/2022, los autónomos cotizan según sus ingresos reales, pero pueden ajustar su cuota hasta seis veces al año eligiendo la base que les convenga dentro del tramo que les corresponda. Te explicamos paso a paso cómo solicitar el cambio en Import@ss, cuándo surte efecto y qué implica la regularización anual.
Para cambiar la cuota de autónomo entra en Import@ss con certificado digital, DNIe o Cl@ve, accede al servicio 'Modificación de bases de cotización', elige la nueva base dentro del tramo que corresponda a tus ingresos reales previstos y confirma. Puedes hacerlo hasta seis veces al año. El cambio surte efecto el primer día del segundo mes siguiente a la solicitud.
Qué es cambiar la cuota (y qué es la base de cotización)
Cuando un autónomo habla de "cambiar la cuota", técnicamente se refiere a cambiar su base de cotización. La cuota mensual que pagas a la Seguridad Social se calcula así:
Cuota mensual = Base de cotización × Tipo de cotización (31,40% aprox. en 2026)
La base de cotización es la cifra sobre la que se calcula la cuota. El tipo (porcentaje) es fijo y casi igual para todos. Por tanto, la única variable que puedes ajustar tú es la base.
Desde el RDL 13/2022, el sistema obliga a que la base elegida esté dentro del tramo que corresponda a tus ingresos netos previstos. No puedes elegir cualquier base libremente como ocurría antes de 2023. Los artículos 308 a 311 de la LGSS regulan este sistema de cotización por ingresos reales.
Ejemplo práctico
- Ingresos netos previstos: 1.500 €/mes (tramo 4 aprox.)
- Base mínima del tramo: ~1.078 €/mes
- Base máxima del tramo: ~1.378 €/mes
- Cuota mínima a pagar: ~338 €/mes
- Cuota máxima a pagar: ~432 €/mes
- Dentro de ese rango, tú eliges la base que quieras
Cuándo puedes cambiar la cuota
Puedes cambiar la cuota hasta seis veces al año (artículo 43 ter del Reglamento General de Cotización). Los cambios surten efecto el primer día del segundo mes siguiente a la solicitud:
| Plazo de solicitud | Fecha de efecto |
|---|---|
| Entre 1 de enero y 28/29 de febrero | 1 de marzo |
| Entre 1 de marzo y 30 de abril | 1 de mayo |
| Entre 1 de mayo y 30 de junio | 1 de julio |
| Entre 1 de julio y 31 de agosto | 1 de septiembre |
| Entre 1 de septiembre y 31 de octubre | 1 de noviembre |
| Entre 1 de noviembre y 31 de diciembre | 1 de enero del año siguiente |
Importante: el cambio no es inmediato. Si necesitas bajar la cuota para aliviar tesorería, anticípate al menos dos meses. Si lo solicitas el 20 de junio, la nueva cuota empezará el 1 de septiembre.
Cómo cambiar la cuota en Import@ss paso a paso
El trámite se hace íntegramente online, es gratuito y tarda menos de 10 minutos.
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Calcula tus ingresos netos previstos
Suma tus ingresos previstos del año y réstales los gastos deducibles. Después aplica un 7% adicional de deducción por gastos genéricos (5% si eres autónomo societario). El resultado dividido entre 12 te da tu media mensual prevista. Con ese número identifica tu tramo en la tabla oficial.
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Accede a Import@ss
Entra en importass.seg-social.gob.es o directamente en la sede electrónica (sede.seg-social.gob.es).
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Identifícate
Usa certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve (PIN o Permanente). Si no dispones de ninguno, revisa nuestras guías de certificado digital y Cl@ve PIN.
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Busca "Modificación de bases de cotización"
En Import@ss, entra en la sección "Cotización" (o busca directamente "cambiar base" en el buscador del portal). Elige el servicio Modificación de base de cotización y/o actividad en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
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Declara tus ingresos previstos
Introduce la previsión de rendimientos netos para el año en curso. Es una declaración responsable: sé realista, porque la regularización posterior comparará con tus datos fiscales reales.
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Elige la nueva base dentro del tramo
El sistema te mostrará la base mínima y máxima del tramo correspondiente a tus ingresos. Elige la cifra que prefieras dentro de ese rango. Verás la cuota mensual resultante antes de confirmar.
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Confirma y guarda el justificante
Revisa los datos, firma electrónicamente y descarga el justificante con código de registro. La confirmación es inmediata. Recibirás también un aviso en la bandeja de notificaciones.
Cómo elegir la base que te conviene
Dentro del tramo permitido, puedes elegir cualquier base. Hay dos estrategias razonables:
Estrategia 1: Cuota mínima (base mínima del tramo)
La más habitual. Pagas lo mínimo exigido, maximizando tu liquidez mensual. Lo eligen la mayoría de autónomos, especialmente quienes empiezan o tienen ingresos ajustados. La contrapartida: prestaciones futuras más bajas (pensión de jubilación, incapacidad, baja médica, prestación por cese de actividad).
Estrategia 2: Subir la base para mejorar prestaciones
Si tienes margen económico y te acercas a edades críticas (45-55 años), subir la base puede compensar. Cotizar por una base más alta en los últimos 25 años es lo que realmente eleva tu pensión de jubilación. Subir la base también mejora la cuantía de la baja médica, maternidad/paternidad y cese de actividad.
Calcula el coste real. Subir la base mensual 300 € implica pagar ~94 € más de cuota al mes (31,40%). A lo largo de 25 años son unos 28.000 € adicionales. Según el INSS, eso se traduce en una pensión de jubilación ligeramente más alta, pero el retorno depende de muchos factores. Haz números antes.
Tienes el detalle de tramos y cuotas en nuestras guías de cuota de autónomos 2026 y base de cotización de autónomos.
Regularización anual por ingresos reales
El sistema actual (RDL 13/2022) regulariza al año siguiente lo que has cotizado. La TGSS compara:
- La base por la que has cotizado durante el año.
- Tus rendimientos netos reales según los datos que le envía la Agencia Tributaria.
El resultado puede ser:
Escenarios de regularización
- Has cotizado de menos: la TGSS te pasa liquidación complementaria con la diferencia. Puedes pagarla de una vez o solicitar aplazamiento.
- Has cotizado de más: la Seguridad Social te devuelve la diferencia, normalmente antes del 30 de abril del segundo año siguiente.
- Has cotizado por la base mínima del tramo 1 sin llegar al SMI: en general, lo cotizado se considera consolidado y no hay devolución aunque tus ingresos reales fueran inferiores. Consulta los casos específicos.
Consejo clave: si durante el año te das cuenta de que tus ingresos reales van a ser muy distintos a los previstos, cambia la base cuanto antes. Ajustar en tiempo real evita sorpresas en la regularización. Y recuerda: si tus ingresos suben y te cambian de tramo, tienes la obligación legal de comunicar el cambio.
Guías relacionadas
Preguntas frecuentes
¿Cuántas veces al año puedo cambiar la cuota de autónomo?
Hasta seis veces al año. El artículo 43 ter del Reglamento General de Cotización permite a los autónomos cambiar su base de cotización (y por tanto la cuota) cada dos meses, lo que equivale a un máximo de seis cambios por año natural. Los cambios surten efecto el 1 de marzo, 1 de mayo, 1 de julio, 1 de septiembre, 1 de noviembre y 1 de enero del año siguiente.
¿Cuál es la diferencia entre cambiar la cuota y cambiar la base de cotización?
Son lo mismo. La cuota mensual se calcula aplicando el tipo de cotización (~31,40% en 2026) sobre una base de cotización. Cuando "cambias la cuota" lo que haces es cambiar la base: si eliges una base más alta, pagas más cuota; si eliges una más baja, pagas menos. El RDL 13/2022 obliga además a que la base elegida esté dentro del tramo que corresponde a tus ingresos reales previstos.
¿Qué pasa si cambio mis ingresos previstos pero no la cuota?
Debes comunicar los cambios en tus ingresos previstos a la Seguridad Social cuando cambien de tramo (aunque no toques la cuota). Desde el sistema de cotización por ingresos reales (RDL 13/2022), la TGSS regulariza al año siguiente comparando lo cotizado con tus ingresos reales según la AEAT. Si has cotizado de menos, te pasarán liquidación complementaria; si has cotizado de más, te devolverán la diferencia.
¿Cómo sé qué cuota me toca según mis ingresos?
Depende del tramo en el que se encuentren tus rendimientos netos previstos (ingresos menos gastos deducibles, más un 7% adicional por gastos genéricos). La tabla oficial 2026 define 15 tramos, con cuotas mensuales mínimas que van desde aproximadamente 200 € para ingresos bajos hasta ~590 € para ingresos superiores a 6.000 €/mes. En nuestra guía de cuota de autónomos 2026 tienes la tabla completa.
¿Puedo bajar la cuota si tengo un mes malo?
Sí, pero el cambio no es inmediato: surte efecto el primer día del segundo mes siguiente a la solicitud. Si solicitas bajar la base el 15 de febrero, el cambio se aplicará el 1 de mayo. No puedes cambiarla de un mes para otro. Por eso conviene anticiparse: si prevés meses flojos en otoño, tramita la bajada en junio o julio.
¿Me obliga algo a subir la cuota si subo mis ingresos?
Sí. El sistema de cotización por ingresos reales obliga a ajustar tu base al tramo que corresponda a tus rendimientos netos. Si tus ingresos aumentan durante el año y te cambian de tramo, debes comunicarlo y elegir una base dentro del nuevo tramo. Si no lo haces voluntariamente, la regularización anual te pasará la factura con intereses, e incluso puede haber recargo por falta de comunicación.
¿Dónde se hace el cambio de cuota?
El cambio se hace online en el portal Import@ss (importass.seg-social.gob.es) o en la sede electrónica de la Seguridad Social, en el servicio "Modificación de bases de cotización". Necesitas certificado digital, DNIe o Cl@ve. El trámite es gratuito y la confirmación es inmediata, aunque la nueva cuota empezará a cobrarse en el siguiente periodo correspondiente.